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Seguro para embarcaciones de recreo

Si tu barco tiene motor, en España no puede navegar sin seguro. Es un requisito legal (Real Decreto 607/1999) y, si te paran en un control sin él, la sanción está tipificada como infracción grave. En Tramitfy nos encargamos de que ese papel nunca sea un problema: nos facilitas los datos de tu embarcación y del uso que le das, los trasladamos a la aseguradora especializada en náutica con la que colaboramos y te hacemos llegar el presupuesto que emita (desde la responsabilidad civil obligatoria hasta coberturas a tu medida), gratis y sin compromiso. Si te encaja, la póliza la emite y la formaliza la aseguradora, y nosotros te acompañamos hasta que tengas la documentación lista para llevar a bordo.

Sin letra pequeña sin explicar, sin comparar veinte webs y sin llamadas comerciales que no has pedido. Nos cuentas qué barco tienes, y nosotros hacemos el resto.

Pide tu presupuesto de seguro náutico online

Nos facilitas los datos de tu embarcación y del uso que le das, los trasladamos a la aseguradora especializada en náutica con la que colaboramos y te hacemos llegar el presupuesto que emita, desde la responsabilidad civil obligatoria hasta coberturas a tu medida. El presupuesto es gratuito y sin compromiso: si te encaja, la póliza la emite y la formaliza la aseguradora, y nosotros te acompañamos hasta que tengas la documentación lista para llevar a bordo.

Sin compromiso Presupuesto gratuito La prima del seguro, si decides contratar, la fija la aseguradora y se abona directamente a ella

Si lo prefieres, también puedes escribirnos y te contestamos sin compromiso.

¿Quién necesita seguro de embarcación? Cuándo es obligatorio

El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria está regulado por el Real Decreto 607/1999. Deben tenerlo:

  • Todas las embarcaciones de recreo o deportivas propulsadas a motor, sea cual sea su eslora: lanchas, neumáticas con motor, veleros con motor auxiliar, yates…
  • Las motos de agua, expresamente incluidas en la norma. Además, el RD 259/2002 exige que las motos náuticas destinadas al alquiler cuenten también con un seguro de accidentes para los usuarios.
  • Las embarcaciones sin motor de más de 6 metros de eslora (por ejemplo, un velero puro de 7 metros).
  • Las embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas marítimas españolas con entrada o salida en puerto español: deben contratar el seguro obligatorio español o acreditar uno con el mismo alcance y condiciones.

¿Y quién queda fuera? Solo las embarcaciones sin motor de 6 metros o menos (remo, vela ligera pequeña). Ojo con dos casos especiales:

  • Regatas y competiciones: participar en regatas, pruebas o sus entrenamientos exige un seguro especial que cubra la responsabilidad civil de los intervinientes (art. 3.2 del RD 607/1999). El seguro obligatorio ordinario no vale para competir.
  • Chárter y alquiler: el seguro obligatorio no cubre a los pasajeros que viajan pagando un precio. Si alquilas tu barco o haces chárter, necesitas coberturas adicionales. Cuéntanoslo y lo trasladamos a la aseguradora para que su presupuesto lo tenga en cuenta.

El obligado a contratar el seguro es el naviero o propietario registral de la embarcación (art. 9 del RD 607/1999). Por eso, si acabas de comprar un barco de segunda mano, además del cambio de titularidad tendrás que poner el seguro a tu nombre: te lo coordinamos todo en un mismo encargo.

Qué cubre el seguro obligatorio de embarcaciones (y qué no)

El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil frente a terceros, tanto navegando como con la embarcación atracada (en los periodos de exposición al riesgo que prevé el Reglamento) (arts. 3.1 y 6 del RD 607/1999):

CubreLímite del seguro obligatorio
Muerte o lesiones corporales de terceros120.202,42 € por víctima (máx. 240.404,84 € por siniestro)
Daños materiales a terceros96.161,94 € por siniestro (junto con las pérdidas económicas)
Pérdidas económicas directas de esos dañosdentro del límite anterior
Daños a otros buques por colisión, o sin contactosegún la naturaleza del daño

Además, salvo pacto en contrario, el asegurador asume las costas judiciales y extrajudiciales de tu defensa.

Lo que el seguro obligatorio no cubre (art. 7 del RD 607/1999) es justo lo que más disgustos da:

  • Los daños que sufras tú mismo (tomador, propietario, patrón) ni los de tu propia embarcación.
  • Los daños a pasajeros que pagan por el transporte (chárter, excursiones).
  • Los daños ocurridos con la embarcación en tierra, en reparación o durante el remolque terrestre.
  • Los daños a bienes que estén en tu poder o de las personas de las que respondes.
  • Los daños a los ocupantes que sabían que el patrón no tenía la titulación exigida (la aseguradora debe probar que lo conocían).
  • Los siniestros con la embarcación robada, las multas y sanciones, y la participación en regatas sin el seguro especial.

Por eso casi ningún propietario se queda solo con el obligatorio: la propia normativa prevé que puedas pactar coberturas voluntarias que amplíen límites y riesgos (daños propios del barco, robo, asistencia y remolque en el mar, ampliación de responsabilidad civil, accidentes de los ocupantes…). Al pedir tu presupuesto, trasladamos tu caso a la aseguradora para que contemple las dos opciones (el mínimo legal y la cobertura recomendada para tu uso), te hacemos llegar su propuesta y decides tú.

Cómo funciona: de los datos de tu barco a tu presupuesto

  1. Paso 1. Nos facilitas los datos de tu embarcación y del uso que le das (2 minutos)

    Tipo, eslora, motor, año, uso (particular, regatas, alquiler) y valor aproximado. Puedes hacerlo online o por teléfono.

  2. Paso 2. Los trasladamos a la aseguradora especializada en náutica con la que colaboramos

    Le hacemos llegar tu caso completo (lo que es obligatorio para tu embarcación y la cobertura que encaja con su uso real) para que prepare su propuesta.

  3. Paso 3. Te hacemos llegar el presupuesto que emite la aseguradora, sin compromiso

    Por escrito y explicado en claro, con coberturas, límites y exclusiones. Un asesor náutico resuelve tus dudas antes de que decidas; si no te encaja, no pasa nada.

  4. Paso 4. Si decides contratar el seguro, la póliza la emite y la formaliza la aseguradora

    Nosotros te acompañamos en el proceso, comprobamos contigo que el justificante que debes llevar a bordo esté completo y te avisamos cada año antes del vencimiento para que nunca navegues descubierto.

Qué incluye el servicio

  • Estudio de tu caso: qué exige la normativa para tu embarcación y qué información sobre su uso real trasladamos a la aseguradora para que ajuste la cobertura.
  • Traslado de tus datos a la aseguradora especializada en embarcaciones de recreo, lanchas y motos de agua con la que colaboramos, y entrega por escrito del presupuesto que emite.
  • Explicación clara de coberturas, límites y exclusiones antes de que decidas.
  • Acompañamiento hasta que tengas a bordo la documentación del seguro que emite la aseguradora (con las menciones que exige la normativa).
  • Recordatorio de renovación anual.
  • Coordinación con tus otros trámites náuticos: si estás de cambio de titularidad, matriculando un barco nuevo o haciendo un cambio de nombre de tu moto de agua, trasladamos el cambio a la aseguradora para que el seguro quede alineado con el nuevo titular en el mismo encargo.

Documentación, vigencia y sanciones (lo que exige la ley)

A diferencia de un impuesto, aquí no hay «modelo» que presentar ante Hacienda: la obligación es tener el seguro en vigor siempre que la embarcación navegue y poder acreditarlo.

  • A bordo debes llevar el justificante de pago de la prima del periodo en curso, que hace prueba de la vigencia del seguro si contiene: la entidad aseguradora, la identificación de la embarcación, el periodo de cobertura con fecha y hora de inicio y fin, y la indicación de que se trata del seguro obligatorio.
  • Si te lo requieren las autoridades y no lo llevas a bordo, dispones de 5 días hábiles para justificar la vigencia del seguro.

Con Tramitfy sabes desde el primer día qué debe contener ese justificante: comprobamos contigo que el que emite la aseguradora esté completo y correcto, y la renovación no se te escapa.

Navegar sin seguro tiene consecuencias

Navegar sin el seguro obligatorio es infracción grave según la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (así lo recoge el art. 5 del RD 607/1999 y lo confirma la Dirección General de la Marina Mercante), sancionable con multa.

Precio

Pedir tu presupuesto es gratuito y sin compromiso.

La prima del seguro depende de tu embarcación (tipo, eslora, motor, valor y uso) y la fija la aseguradora, por eso trabajamos con presupuesto personalizado: te hacemos llegar por escrito el que emita la aseguradora, sin coste y sin compromiso. Solo si decides aceptarlo se formaliza la póliza: la emite la aseguradora y la prima se abona directamente a ella. Sin sorpresas después.

Preguntas frecuentes

Tu barco asegurado, sin vueltas

Cuéntanos qué embarcación tienes y en qué la usas: trasladamos tus datos a la aseguradora especializada con la que colaboramos y te hacemos llegar el presupuesto que emita, gratis y sin compromiso. Tú decides. Si lo aceptas, la póliza la emite y la formaliza la aseguradora, y nosotros te acompañamos en cada paso. Y si estás en plena compra, matriculación o cambio de nombre, lo dejamos todo cuadrado en un solo encargo.

¿Prefieres leer antes? Aquí tienes nuestra guía de requisitos y trámites del seguro de embarcación.

Fuentes oficiales

Lo que dicen nuestros clientes

5,0 ★★★★★ · 91 reseñas verificadas en Google

★★★★★
Rápido, fiable, seguro. He tenido muy buena experiencia desde el inciio.
Alberto González · reseña de Google · hace una semana
★★★★★
Muy rápidos, atentos y amables. Sábado solicité el cambio de titularidad de una moto de agua y jueves ya tengo la targeta de la moto a mi nombre. Un placer tratar con gente así.
Ivan Klinovoy · reseña de Google · hace 3 meses
★★★★★
Seriedad y eficacia. Está todo claro en su página web, así que no hay sorpresas. Ya sea por comodidad o porque algunos trámites digitales te llevan a la burocracia de siempre, merece la pena contar con ellos.
Gonzalo Calcedo Juanes · reseña de Google · hace 8 meses
★★★★★
He renovado los papeles de mi barco con ellos y la verdad es que la experiencia ha sido muy cómoda y sin complicaciones. Desde el primer momento me atendieron con amabilidad y resolvieron todas mis dudas, explicándome…
Mireia Bonamusa Pascual · reseña de Google · hace 10 meses
★★★★★
He solicitado una hoja de de asiento, muy profesionales
Josep Celma Carballo · reseña de Google · hace un año
★★★★★
Probé con ellos a hacer el trámite de bandera polaca. Buenos precios y efectivos
Genis Ballester Cervelló · reseña de Google · hace 10 meses