Baja de Embarcación de Recreo

La baja de una embarcación de recreo es el trámite por el cual el barco deja de estar inscrito en el Registro de Matrícula de Buques español. Las causas más habituales son el cambio definitivo de pabellón (cuando se vende o se traslada la embarcación a otro país y se matricula bajo bandera extranjera), el desguace o el siniestro.

En Tramitfy gestionamos la baja completa ante Capitanía Marítima: obtenemos la nota negativa del Registro de Bienes Muebles, liquidamos las tasas oficiales y presentamos el expediente en menos de 24 horas. Te entregamos el certificado de baja, el documento que necesitas para abanderar tu embarcación en otro país.

Da de baja tu embarcación de recreo online

Te atendemos personalmente en horario comercial. Obtenemos la nota negativa del Registro de Bienes Muebles, gestionamos las tasas y presentamos el expediente de baja ante la Capitanía Marítima donde está matriculada tu embarcación.

Precio del servicio 95 € Precio cerrado · Incluye IVA, tasas de Capitanía y nota negativa del Registro de Bienes Muebles

Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 h a 19:00 h

¿Cómo gestionamos la baja de tu embarcación?

  1. Contacta con nosotros por WhatsApp

    Te atendemos en horario comercial. Nos indicas los datos de la embarcación, el motivo de la baja (cambio de pabellón, desguace, siniestro…) y la Capitanía donde está matriculada.

  2. Obtenemos la nota negativa de cargas

    Solicitamos por ti la nota negativa del Registro de Bienes Muebles para acreditar que la embarcación no tiene hipotecas ni cargas pendientes. Está incluida en el precio.

  3. Envíanos la documentación y firma

    Te indicamos por WhatsApp los documentos necesarios (DNI/CIF y la documentación de la embarcación) y la autorización de representación para que podamos presentar el expediente en tu nombre.

  4. Presentamos en menos de 24 horas

    Pagamos la tasa 790-025 y presentamos el expediente de baja ante la Capitanía Marítima en un plazo máximo de 24 horas desde que tenemos toda la documentación. Te enviamos el justificante de entrega.

  5. Recibe el certificado de baja

    Capitanía Marítima resuelve el expediente y expide el certificado de baja (cancelación de matrícula). Es el documento que necesitas para abanderar la embarcación en otro país o acreditar su baja definitiva.

Todo lo que necesitas saber sobre la Baja de una Embarcación de Recreo

Te explicamos los tipos de baja, cuándo se necesita la baja para exportar tu barco, qué es la nota negativa de cargas y qué documentación interviene en el trámite.

¿Qué es la baja de una embarcación y cuándo se hace?

La baja es el procedimiento administrativo por el cual una embarcación de recreo se cancela del Registro de Matrícula de Buques dependiente de la Dirección General de la Marina Mercante. El trámite se resuelve ante Capitanía Marítima y está regulado por el Real Decreto 1027/1989, sobre abanderamiento, matriculación y registro marítimo, y por la Ley 14/2014 de Navegación Marítima.

Las situaciones más frecuentes que requieren dar de baja una embarcación de recreo son:

  • Venta o traslado al extranjero: cuando el barco se vende a un comprador de otro país o el propietario se muda, hay que darlo de baja en España para poder abanderarlo bajo bandera extranjera.
  • Desguace: cuando la embarcación llega al final de su vida útil y se destruye.
  • Siniestro: hundimiento, pérdida total o destrucción por accidente.

Tipos de baja de embarcación según la Marina Mercante

El modelo oficial de solicitud de baja de la Dirección General de la Marina Mercante contempla cinco modalidades:

  • Baja por cambio definitivo de pabellón: la más habitual. Se da de baja la embarcación en España para matricularla de forma permanente en otro país (exportación).
  • Baja por cambio temporal de pabellón: el barco pasa temporalmente a bandera extranjera, manteniendo la posibilidad de volver al registro español.
  • Baja por desguace: la embarcación se destruye y se retira del tráfico marítimo.
  • Baja por siniestro: pérdida total por hundimiento, accidente o destrucción.
  • Baja anticipada de un abanderamiento temporal: finalización anticipada de un abanderamiento temporal previo.
El caso más común que gestionamos en Tramitfy es la baja por cambio definitivo de pabellón cuando un cliente vende su embarcación a un comprador extranjero o la traslada a otro país. El certificado de baja que emite Capitanía Marítima es imprescindible para que el registro del país de destino acepte la inscripción.

La nota negativa del Registro de Bienes Muebles

Para dar de baja una embarcación de las listas 6ª, 7ª u 8ª, Capitanía Marítima exige una nota negativa (o certificación negativa de cargas) del Registro de Bienes Muebles. Este documento acredita que la embarcación no tiene hipotecas navales, embargos ni cargas inscritas.

La razón es lógica: no se puede exportar ni cancelar la matrícula de un barco que todavía sirve de garantía a un préstamo o que tiene deudas registradas, salvo que los acreedores den su consentimiento expreso.

En Tramitfy obtenemos esta nota negativa por ti, está incluida en nuestro servicio sin coste adicional. Si al solicitarla detectamos cargas inscritas, te avisamos y te orientamos sobre cómo regularizar la situación antes de continuar con la baja.

Documentación, fiscalidad y plazos de la baja

La documentación que interviene en la baja, según el modelo oficial de la Dirección General de la Marina Mercante, es:

  • Copia del DNI, NIE o CIF del titular registral.
  • Documento que acredite la representación (autorización conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015), para que podamos tramitar en tu nombre.
  • Nota negativa del Registro de Bienes Muebles (la obtenemos nosotros).
  • Justificante de pago de la tasa 790-025 de Capitanía Marítima.
  • En la baja por cambio definitivo de pabellón con venta: documento que acredite la transferencia de propiedad al comprador extranjero.

Toda esta documentación la pediremos por WhatsApp cuando contrates el servicio. Nosotros nos encargamos de preparar el expediente, obtener la nota negativa, pagar la tasa 790-025 y presentarlo telemáticamente ante la Capitanía Marítima correspondiente.

Fiscalidad: la baja no es una transmisión de propiedad, por lo que no genera ITP ni IEDMT. El único coste oficial es la tasa 790-025, ya incluida en nuestro precio cerrado de 95 €.

Plazos: garantizamos la presentación del expediente en menos de 24 horas desde que tenemos toda la documentación completa, y te entregamos el justificante de entrega. La resolución y la expedición del certificado de baja corresponde a Capitanía Marítima y su plazo depende de la carga de trabajo de cada Capitanía. La resolución la dicta la Administración Marítima, no Tramitfy.

Opiniones de Clientes que han confiado en Tramitfy

Preguntas Frecuentes sobre la Baja de Embarcación

Aviso importante (empresa privada)

Tramitfy ofrece un servicio de gestión administrativa e intermediación para la preparación y presentación de solicitudes ante la Administración Marítima (p. ej., Capitanía Marítima) y el Registro de Bienes Muebles. En todo caso, la resolución del expediente corresponde a la Administración competente. El solicitante debe facilitar la documentación necesaria y atender los requerimientos que, en su caso, emita la Administración.

Tramitfy es una empresa privada especializada en trámites náuticos en toda España y no es un organismo gubernamental. Nuestras tarifas incluyen servicios administrativos (revisión, preparación del expediente, soporte y seguimiento) y, cuando se indique en el proceso de contratación, la gestión y/o el pago de tasas vinculadas al trámite.