Cambio de Motor de Embarcación de Recreo
El cambio de motor de una embarcación de recreo debe notificarse a Capitanía Marítima para que el motor que figura en la documentación coincida con el que lleva físicamente la embarcación. Es un trámite obligatorio siempre que sustituyas, montes o desmontes el motor, y evita problemas en inspecciones, seguros, ventas y cambios de titularidad.
En Tramitfy somos especialistas en el cambio de motor fueraborda, el caso más habitual. Actualizamos la documentación y la hoja de asiento, gestionamos el ITP cuando aplica, pagamos las tasas oficiales y presentamos el expediente ante Capitanía Marítima sin que tengas que desplazarte.
Cambia el motor de tu embarcación online
Te atendemos personalmente en horario comercial. Revisamos la documentación del motor, gestionamos el ITP si aplica, pagamos las tasas y presentamos el expediente ante la Capitanía Marítima donde está matriculada tu embarcación.
Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 h a 19:00 h
¿Cómo gestionamos el cambio de motor?
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Contacta con nosotros por WhatsApp
Te atendemos en horario comercial. Nos indicas los datos de la embarcación, el motor que quitas y el motor que montas (marca, modelo, potencia) y la Capitanía donde está matriculada.
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Comprobamos la potencia y el tipo de motor
Verificamos que el nuevo motor no supera la potencia máxima del casco y si el cambio es sencillo (fueraborda dentro de límite) o requiere documentación adicional. Te lo confirmamos antes de empezar.
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Envíanos la documentación del motor
Te pediremos la justificación de procedencia del motor (factura o contrato), la Declaración UE de Conformidad y la autorización de representación para tramitar en tu nombre.
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Gestionamos el ITP y las tasas
Si el motor es de segunda mano de un particular, liquidamos el ITP por ti. Pagamos las tasas oficiales de Capitanía y preparamos el expediente completo.
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Presentamos y actualizamos tu documentación
Presentamos el expediente ante Capitanía Marítima y te entregamos el justificante. Cuando la Administración resuelve, tu embarcación queda con el motor correctamente registrado en la hoja de asiento.
Todo lo que necesitas saber sobre el Cambio de Motor de tu Embarcación
Te explicamos cuándo hay que notificar el cambio de motor, las diferencias entre fueraborda e intraborda, el límite de potencia y la fiscalidad del trámite.
¿Por qué hay que registrar el cambio de motor?
Cuando se sustituye, monta o desmonta el motor de una embarcación de recreo, el cambio debe reflejarse en la documentación oficial. El motor que figura en la hoja de asiento tiene que coincidir con el motor que la embarcación lleva físicamente instalado.
Mantener el motor correctamente registrado es importante por varios motivos:
- Inspecciones: en una inspección, el motor real debe coincidir con la documentación.
- Seguro: la aseguradora puede rechazar un siniestro si el motor no es el declarado.
- Compraventa: uno de los problemas más habituales al comprar una embarcación de segunda mano es que el motor instalado no coincide con el de la documentación. Regularizarlo evita bloqueos en el cambio de titularidad.
Cambio de motor fueraborda vs. intraborda: qué cambia
El procedimiento depende del tipo de motorización:
- Motor fueraborda: en embarcaciones de recreo no se requiere autorización previa, siempre que el nuevo motor no supere la potencia máxima autorizada del casco que figura en la placa del fabricante y en la Declaración CE de conformidad. Es el caso más habitual y el más ágil de tramitar; aun así, el cambio debe notificarse y registrarse.
- Motor intraborda o intrafueraborda: sí requiere autorización de Capitanía Marítima. Además de las tasas generales, lleva asociada la tasa 790-030 (embarcaciones con marcado CE) o la 990-030 (sin marcado CE).
El límite de potencia y la regla del 15%
El factor clave en un cambio de motor es la potencia máxima autorizada del casco. Mientras el nuevo motor no la supere, el trámite es sencillo. La normativa de marcado CE de embarcaciones de recreo (Directiva 2013/53/UE, traspuesta en España por el Real Decreto 98/2016) establece dos escenarios cuando aumenta la potencia nominal:
- Aumento inferior al 15%: basta con la Declaración UE de Conformidad del motor.
- Aumento superior al 15%: se considera una modificación importante y exige un certificado de conformidad post-construcción emitido por un Organismo Notificado (módulo EPF). Es un proceso técnico costoso que realiza un organismo externo.
Documentación, fiscalidad y plazos del cambio de motor
La documentación que interviene en el cambio de motor de una embarcación de recreo, según el modelo oficial de la Dirección General de la Marina Mercante, es:
- Copia del DNI, NIE o CIF del titular registral.
- Documento que acredite la representación (autorización conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015).
- Justificación de la procedencia del motor: factura con IVA (si es nuevo) o contrato de compraventa liquidado de impuestos (si es de segunda mano).
- Declaración UE de Conformidad del motor.
- Justificante de las tasas oficiales (790-025 y, en intraborda, 790-030 o 990-030).
Toda esta documentación la pediremos por WhatsApp cuando contrates el servicio. Nosotros preparamos el expediente, gestionamos el ITP si aplica, pagamos las tasas y lo presentamos telemáticamente ante la Capitanía Marítima correspondiente.
Plazos: presentamos el expediente en menos de 24-48 horas desde que tenemos toda la documentación completa. La resolución y la actualización de la documentación corresponde a Capitanía Marítima y su plazo depende de la carga de trabajo de cada Capitanía.
Opiniones de Clientes que han confiado en Tramitfy
Preguntas Frecuentes sobre el Cambio de Motor
El cambio de motor es la actualización registral que hay que hacer ante Capitanía Marítima cuando se sustituye, monta o desmonta el motor de una embarcación de recreo. El motor que figura en la documentación (hoja de asiento) debe coincidir con el que lleva físicamente la embarcación.
Cada vez que se cambia el motor hay que notificarlo para mantener la documentación al día y poder navegar legalmente.
En embarcaciones de recreo con motorización fueraborda no se requiere autorización previa, siempre que el nuevo motor no supere la potencia máxima autorizada del casco que figura en la placa del fabricante y en la Declaración CE de conformidad.
Aun así, el cambio debe notificarse y registrarse ante Capitanía Marítima para que la documentación de la embarcación quede actualizada. En motores intraborda o intrafueraborda sí se requiere autorización.
Mientras el nuevo motor no supere la potencia máxima autorizada del casco, el cambio es un trámite sencillo. Si el aumento de la potencia nominal es inferior al 15%, basta con la Declaración UE de Conformidad del motor.
Si el aumento supera el 15%, se considera una modificación importante y exige un certificado de conformidad post-construcción emitido por un Organismo Notificado (módulo EPF), un proceso técnico que Tramitfy no gestiona. Nosotros tramitamos los cambios de motor habituales que no requieren esa evaluación.
El precio de nuestro servicio es de 105 € e incluye el IVA, las tasas de Capitanía Marítima y la gestión del ITP cuando aplique.
Si el motor se ha comprado de segunda mano a un particular, el importe del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) sobre el valor del motor se abona aparte; si se compra nuevo con factura, lleva IVA en lugar de ITP.
Descuento por trámite combinado: si estás tramitando a la vez el cambio de titularidad de la embarcación, aplicamos un descuento de 20 € en el cambio de motor (se queda en 85 €).
Te la pediremos por WhatsApp cuando contrates el servicio. Con carácter general se necesita: DNI/NIE/CIF del titular, autorización de representación, justificación de la procedencia del motor (factura con IVA o contrato de compraventa liquidado de impuestos), la Declaración UE de Conformidad del motor y el justificante de las tasas oficiales.
Para motores intraborda se añade la tasa 790-030 (embarcaciones con marcado CE) o 990-030 (sin marcado CE).
Porque el motor que figura en la hoja de asiento debe coincidir con el motor real instalado. Si no coinciden, puedes tener problemas en una inspección, al renovar el seguro, al vender la embarcación o al hacer un cambio de titularidad.
De hecho, uno de los problemas más habituales en compraventas es que el motor instalado no coincide con el de la documentación; regularizarlo con el cambio de motor evita esos inconvenientes.
Depende de cómo hayas adquirido el motor. Si lo compras nuevo en un comercio, la factura ya lleva IVA y no hay ITP. Si lo compras de segunda mano a un particular, esa compraventa está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) sobre el valor del motor.
En Tramitfy gestionamos la liquidación del ITP por ti; el importe del impuesto en sí depende del valor del motor y de tu comunidad autónoma.
Sí. El trámite admite tanto el cambio de un motor por otro como el montaje o el desmontaje de un motor.
Si has comprado una embarcación con el motor averiado y quieres desacoplarlo y dejar la unidad sin motor mientras consigues uno nuevo, también lo gestionamos y actualizamos la documentación en consecuencia.
Desde Tramitfy presentamos el expediente ante Capitanía Marítima en menos de 24-48 horas desde que recibimos toda la documentación completa, y te entregamos el justificante de presentación.
La resolución y la actualización de la documentación corresponde a Capitanía Marítima y su plazo depende de la carga de trabajo de cada Capitanía. La resolución la dicta la Administración, no nosotros.
Sí. Trabajamos con todas las Capitanías Marítimas y Distritos Marítimos de España. Presentamos el expediente de cambio de motor por vía electrónica ante la Capitanía donde está matriculada la embarcación, sin que tengas que desplazarte.
Aviso importante (empresa privada)
Tramitfy ofrece un servicio de gestión administrativa e intermediación para la preparación y presentación de solicitudes ante la Administración Marítima (p. ej., Capitanía Marítima) y la Agencia Tributaria (en relación con el ITP). En todo caso, la resolución del expediente corresponde a la Administración competente. El solicitante debe facilitar la documentación necesaria y atender los requerimientos que, en su caso, emita la Administración.
Tramitfy es una empresa privada especializada en trámites náuticos en toda España y no es un organismo gubernamental. Nuestras tarifas incluyen servicios administrativos (revisión, preparación del expediente, soporte y seguimiento) y, cuando se indique en el proceso de contratación, la gestión y/o el pago de tasas e impuestos vinculados al trámite. El certificado de conformidad post-construcción (módulo EPF) para modificaciones importantes queda fuera de nuestros servicios.