Cambio de Motor de Embarcación de Recreo

El cambio de motor de una embarcación de recreo debe notificarse a Capitanía Marítima para que el motor que figura en la documentación coincida con el que lleva físicamente la embarcación. Es un trámite obligatorio siempre que sustituyas, montes o desmontes el motor, y evita problemas en inspecciones, seguros, ventas y cambios de titularidad.

En Tramitfy somos especialistas en el cambio de motor fueraborda, el caso más habitual. Actualizamos la documentación y la hoja de asiento, gestionamos el ITP cuando aplica, pagamos las tasas oficiales y presentamos el expediente ante Capitanía Marítima sin que tengas que desplazarte.

Cambia el motor de tu embarcación online

Te atendemos personalmente en horario comercial. Revisamos la documentación del motor, gestionamos el ITP si aplica, pagamos las tasas y presentamos el expediente ante la Capitanía Marítima donde está matriculada tu embarcación.

Precio del servicio 105 € Incluye IVA, tasas de Capitanía y gestión del ITP · El importe del ITP (si compras el motor de segunda mano a un particular) se abona aparte según su valor 💡 ¿Estás haciendo a la vez el cambio de titularidad? El cambio de motor te sale por 85 € (20 € de descuento)

Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 h a 19:00 h

¿Cómo gestionamos el cambio de motor?

  1. Contacta con nosotros por WhatsApp

    Te atendemos en horario comercial. Nos indicas los datos de la embarcación, el motor que quitas y el motor que montas (marca, modelo, potencia) y la Capitanía donde está matriculada.

  2. Comprobamos la potencia y el tipo de motor

    Verificamos que el nuevo motor no supera la potencia máxima del casco y si el cambio es sencillo (fueraborda dentro de límite) o requiere documentación adicional. Te lo confirmamos antes de empezar.

  3. Envíanos la documentación del motor

    Te pediremos la justificación de procedencia del motor (factura o contrato), la Declaración UE de Conformidad y la autorización de representación para tramitar en tu nombre.

  4. Gestionamos el ITP y las tasas

    Si el motor es de segunda mano de un particular, liquidamos el ITP por ti. Pagamos las tasas oficiales de Capitanía y preparamos el expediente completo.

  5. Presentamos y actualizamos tu documentación

    Presentamos el expediente ante Capitanía Marítima y te entregamos el justificante. Cuando la Administración resuelve, tu embarcación queda con el motor correctamente registrado en la hoja de asiento.

Todo lo que necesitas saber sobre el Cambio de Motor de tu Embarcación

Te explicamos cuándo hay que notificar el cambio de motor, las diferencias entre fueraborda e intraborda, el límite de potencia y la fiscalidad del trámite.

¿Por qué hay que registrar el cambio de motor?

Cuando se sustituye, monta o desmonta el motor de una embarcación de recreo, el cambio debe reflejarse en la documentación oficial. El motor que figura en la hoja de asiento tiene que coincidir con el motor que la embarcación lleva físicamente instalado.

Mantener el motor correctamente registrado es importante por varios motivos:

  • Inspecciones: en una inspección, el motor real debe coincidir con la documentación.
  • Seguro: la aseguradora puede rechazar un siniestro si el motor no es el declarado.
  • Compraventa: uno de los problemas más habituales al comprar una embarcación de segunda mano es que el motor instalado no coincide con el de la documentación. Regularizarlo evita bloqueos en el cambio de titularidad.
Si has comprado una embarcación y el motor no coincide con el de los papeles, el cambio de motor es el trámite que regulariza la situación y deja la documentación en regla.

Cambio de motor fueraborda vs. intraborda: qué cambia

El procedimiento depende del tipo de motorización:

  • Motor fueraborda: en embarcaciones de recreo no se requiere autorización previa, siempre que el nuevo motor no supere la potencia máxima autorizada del casco que figura en la placa del fabricante y en la Declaración CE de conformidad. Es el caso más habitual y el más ágil de tramitar; aun así, el cambio debe notificarse y registrarse.
  • Motor intraborda o intrafueraborda: sí requiere autorización de Capitanía Marítima. Además de las tasas generales, lleva asociada la tasa 790-030 (embarcaciones con marcado CE) o la 990-030 (sin marcado CE).
En Tramitfy nos especializamos en el cambio de motor fueraborda, que es el más frecuente en la náutica de recreo. Si tu caso es un intraborda o un cambio complejo, escríbenos y te decimos si podemos ayudarte antes de empezar.

El límite de potencia y la regla del 15%

El factor clave en un cambio de motor es la potencia máxima autorizada del casco. Mientras el nuevo motor no la supere, el trámite es sencillo. La normativa de marcado CE de embarcaciones de recreo (Directiva 2013/53/UE, traspuesta en España por el Real Decreto 98/2016) establece dos escenarios cuando aumenta la potencia nominal:

  • Aumento inferior al 15%: basta con la Declaración UE de Conformidad del motor.
  • Aumento superior al 15%: se considera una modificación importante y exige un certificado de conformidad post-construcción emitido por un Organismo Notificado (módulo EPF). Es un proceso técnico costoso que realiza un organismo externo.
Importante: Tramitfy gestiona los cambios de motor habituales que no requieren evaluación post-construcción (módulo EPF). Si tu cambio implica una modificación importante con aumento de potencia superior al 15%, ese certificado lo emite un Organismo Notificado y queda fuera de nuestro servicio.

Documentación, fiscalidad y plazos del cambio de motor

La documentación que interviene en el cambio de motor de una embarcación de recreo, según el modelo oficial de la Dirección General de la Marina Mercante, es:

  • Copia del DNI, NIE o CIF del titular registral.
  • Documento que acredite la representación (autorización conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015).
  • Justificación de la procedencia del motor: factura con IVA (si es nuevo) o contrato de compraventa liquidado de impuestos (si es de segunda mano).
  • Declaración UE de Conformidad del motor.
  • Justificante de las tasas oficiales (790-025 y, en intraborda, 790-030 o 990-030).

Toda esta documentación la pediremos por WhatsApp cuando contrates el servicio. Nosotros preparamos el expediente, gestionamos el ITP si aplica, pagamos las tasas y lo presentamos telemáticamente ante la Capitanía Marítima correspondiente.

Fiscalidad — IVA o ITP: si compras el motor nuevo en un comercio, la factura lleva IVA y no hay ITP. Si lo compras de segunda mano a un particular, esa compraventa está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) sobre el valor del motor. Nuestro precio de 105 € incluye la gestión del ITP; el importe del impuesto en sí depende del valor del motor y de tu comunidad autónoma.

Plazos: presentamos el expediente en menos de 24-48 horas desde que tenemos toda la documentación completa. La resolución y la actualización de la documentación corresponde a Capitanía Marítima y su plazo depende de la carga de trabajo de cada Capitanía.

Opiniones de Clientes que han confiado en Tramitfy

Preguntas Frecuentes sobre el Cambio de Motor

Aviso importante (empresa privada)

Tramitfy ofrece un servicio de gestión administrativa e intermediación para la preparación y presentación de solicitudes ante la Administración Marítima (p. ej., Capitanía Marítima) y la Agencia Tributaria (en relación con el ITP). En todo caso, la resolución del expediente corresponde a la Administración competente. El solicitante debe facilitar la documentación necesaria y atender los requerimientos que, en su caso, emita la Administración.

Tramitfy es una empresa privada especializada en trámites náuticos en toda España y no es un organismo gubernamental. Nuestras tarifas incluyen servicios administrativos (revisión, preparación del expediente, soporte y seguimiento) y, cuando se indique en el proceso de contratación, la gestión y/o el pago de tasas e impuestos vinculados al trámite. El certificado de conformidad post-construcción (módulo EPF) para modificaciones importantes queda fuera de nuestros servicios.