Cambio de Titularidad de tu Embarcación de Recreo

Tras la firma del contrato de compraventa, el cambio de titularidad de una embarcación debe notificarse a Capitanía Marítima en un plazo máximo de 3 meses, previa liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) ante la Hacienda de tu comunidad autónoma. No cumplir estos plazos puede dar lugar a recargos en el ITP y problemas administrativos.

En Tramitfy gestionamos todo el trámite sin que tengas que desplazarte: ITP, tasas y cambio de nombre ante Capitanía Marítima, con acompañamiento personalizado en cada fase del proceso.

Cambio de Titularidad Embarcación

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¿Cómo funciona?

  1. Introduce los datos de la embarcación

    Indica la marca, modelo y fecha de matriculación de tu embarcación de recreo para calcular el ITP.

  2. Sube la documentación necesaria

    Adjunta una copia de tu DNI, del contrato de compraventa firmado por ambas partes y de la documentación de la embarcación (permiso de navegación y certificado de navegabilidad).

  3. Firma y completa el pago de forma segura

    Firma digitalmente desde tu dispositivo y completa el pago a través de nuestra pasarela segura.

  4. Nosotros lo gestionamos todo

    Revisamos, preparamos y presentamos toda la documentación ante Capitanía Marítima. También nos encargamos de liquidar el ITP ante la Hacienda de tu comunidad autónoma para que no tengas que preocuparte de nada.

  5. Recibe tu resguardo provisional

    Te entregamos un resguardo provisional emitido por el Ministerio de Transportes para que puedas navegar legalmente mientras Capitanía Marítima resuelve el expediente.

Todo lo que necesitas saber sobre la Transferencia de Propiedad de una Embarcación de Recreo

Te explicamos paso a paso el proceso administrativo, los impuestos, la documentación y los plazos para que no te quede ninguna duda.

¿En qué consiste la transferencia de propiedad de una embarcación?

La transferencia de propiedad de una embarcación de recreo —también conocida como cambio de titularidad— es el procedimiento administrativo mediante el cual se registra oficialmente el cambio de propietario de un barco en el Registro de Buques de la Capitanía Marítima donde está matriculada la embarcación.

Este trámite es obligatorio tanto en compraventas entre particulares como cuando la embarcación se adquiere por herencia, donación o adjudicación judicial. El proceso consta de dos partes diferenciadas:

  • Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) ante la Hacienda de la comunidad autónoma donde reside el comprador. En el caso de herencias o donaciones, se liquida el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • Presentación del expediente de transferencia ante la Capitanía Marítima donde está matriculada la embarcación, acompañado del pago de la tasa 790 025.

La hoja de asiento: comprobaciones previas a la compraventa

Antes de firmar un contrato de compraventa de una embarcación de segunda mano, es aconsejable solicitar una copia actualizada de la hoja de asiento. Este documento oficial, expedido por la Capitanía Marítima de matrícula, recoge la información registral del barco:

  • Datos de identificación: matrícula, NIB (Número de Identificación del Buque), eslora, manga, marca y modelo.
  • Titular registral actual y anteriores propietarios.
  • Motor o motores acoplados (marca, modelo y número de serie).
  • Cargas, embargos o reservas de dominio que pesen sobre la embarcación.
Desde nuestra experiencia en Tramitfy recomendamos pedir una copia de la hoja de asiento —o un certificado de inscripción de la embarcación en su defecto— para verificar antes de la compra que la embarcación está a nombre del vendedor y que no tiene deudas asociadas. Esto te puede ahorrar bastante dinero y tiempo. Pide la hoja de asiento desde aquí.

Es importante saber que la hoja de asiento no se expide para todas las embarcaciones inscritas, ya que algunas figuran bajo un régimen de inscripción diferente.

El contrato de compraventa de la embarcación

El contrato de compraventa es el documento que formaliza la transmisión y constituye la base de todo el expediente. Para que sea válido y evitar problemas durante la gestión, debe incluir como mínimo:

  • Identificación completa de comprador y vendedor: nombre completo, DNI/NIE/CIF, domicilio y datos de contacto. Si hay varios compradores o vendedores, deben figurar todos con su porcentaje de participación.
  • Identificación inequívoca de la embarcación: matrícula completa, marca, modelo, número de serie, eslora, manga y NIB.
  • Datos del motor: marca, modelo y número de serie. Si el motor instalado no coincide con el que figura en la hoja de asiento, será necesario tramitar el desacople del motor antiguo y el acople del nuevo ante Capitanía Marítima.
  • Precio de la compraventa y forma de pago.
  • Fecha y firma de ambas partes.
Si no dispones de un contrato, puedes descargar nuestra plantilla de contrato de compraventa de embarcaciones de forma completamente gratuita.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en embarcaciones

Siempre que el vendedor sea un particular, el comprador está obligado a liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto es competencia de las comunidades autónomas y su tipo impositivo varía según la ubicación del comprador y, en algunos casos, la eslora de la embarcación.

El tipo impositivo varía según la comunidad autónoma del comprador y, en algunos casos, la eslora de la embarcación. En términos generales, los porcentajes oscilan entre el 2 % y el 8 % dependiendo de la comunidad autónoma.

Importante — Tablas de valoración de Hacienda: El Ministerio de Hacienda publica anualmente unas tablas de precios medios de mercado para embarcaciones de recreo. Si el precio pactado en el contrato es inferior al valor que resulta de aplicar estas tablas, la administración calculará el ITP sobre el valor más alto. Desde Tramitfy utilizamos estas tablas para calcular con exactitud el importe del ITP antes de que formalices la compra.

El plazo para liquidar el ITP es de 30 días hábiles desde la fecha de la transmisión. El retraso en la liquidación genera recargos e intereses de demora.

Plazos legales y resolución del expediente

Una vez presentado el expediente completo ante Capitanía Marítima, el plazo de resolución depende exclusivamente de la carga de trabajo de cada Capitanía de matrícula. En la práctica, el proceso suele tardar entre 3 y 4 semanas, aunque algunas Capitanías pueden demorar más. La resolución del expediente corresponde en todo momento a la Administración Marítima.

Desde Tramitfy garantizamos la presentación del expediente en menos de 24 horas desde que recibimos toda la documentación completa. Una vez presentado, el comprador recibe un resguardo provisional emitido por el Ministerio de Transportes. Con este documento, junto con la documentación original de la embarcación y el contrato de compraventa, el comprador puede navegar legalmente mientras la Administración resuelve el expediente.

Recuerda que el plazo máximo para notificar la transferencia ante Capitanía Marítima es de 3 meses desde la firma del contrato de compraventa. Para el ITP, el plazo es de 30 días hábiles desde la fecha de la transmisión.

Opiniones de Clientes que han hecho el Cambio de Titularidad con Tramitfy

Preguntas Frecuentes sobre el Cambio de Propiedad de una Embarcación

Aviso importante (empresa privada)

Tramitfy ofrece un servicio de gestión administrativa e intermediación para la preparación y presentación de solicitudes ante la Administración Marítima (p. ej., Capitanía Marítima). En todo caso, la resolución del expediente corresponde a la Administración competente. El solicitante debe facilitar la documentación necesaria y atender los requerimientos que, en su caso, emita la Administración.

Tramitfy es una empresa privada especializada en trámites náuticos en toda España y no es un organismo gubernamental. Nuestras tarifas incluyen servicios administrativos (revisión, preparación del expediente, soporte y seguimiento) y, cuando se indique en el proceso de contratación, la gestión y/o el pago de tasas e impuestos vinculados al trámite.