Guía de Equipo de Seguridad 2026: Obligaciones por Zona de Navegación según el RD 339/2021
La normativa náutica está evolucionando rápidamente, y en 2026 muchos propietarios de embarcaciones de recreo tendrán que revisar su equipo de seguridad para adaptarse al Real Decreto 339/2021.
En esta guía te explico qué regula exactamente este Real Decreto, qué ha cambiado respecto a la antigua Orden FOM/1144/2003 y qué implica para tu embarcación según tu Zona de Navegación.
¿Qué regula realmente el RD 339/2021?
El Real Decreto 339/2021 (BOE-A-2021-8268) establece el marco normativo completo para el equipo de seguridad de embarcaciones de recreo en España:
- Los requisitos del equipo de seguridad para embarcaciones y motos de agua
- Las zonas de navegación y qué implica cada una a efectos de seguridad
- La responsabilidad del patrón y del propietario de mantener el equipo en condiciones de uso
- La actualización a estándares técnicos armonizados (ISO, SOLAS o equivalentes)
- La derogación de la antigua Orden FOM/1144/2003
Es decir: define qué equipo mínimo debe llevar cada embarcación y en qué condiciones debe mantenerse.
Importante: Este Real Decreto no regula directamente radiocomunicaciones (MMSI, VHF, DSC). Ese ámbito depende de normativa específica de telecomunicaciones marítimas y de resoluciones de la DGMM.
Tabla comparativa (2024 vs 2026)
Aunque el RD no ofrece una tabla oficial comparativa, sí marca nuevos estándares y certificaciones. Aquí tienes una síntesis para ayudarte a entender qué debes revisar:
| Elemento | Antes | Ahora (RD 339/2021) | Zonas |
|---|---|---|---|
| Chalecos salvavidas | Modelos de 100–150N sin estandarización unificada | ISO actualizada, requisitos más estrictos de flotabilidad | Todas |
| Señales pirotécnicas | Exigencias antiguas de FOM/1144/2003 | Actualización de los tipos y certificaciones | 1–4 |
| Botiquín | Tipos A/B anteriores | Botiquín adaptado a nuevas listas oficiales y referencias técnicas | Todas |
| Balsa salvavidas | Normativas anteriores | Requisitos técnicos armonizados y condiciones de uso | 1–2 |
Obligaciones por Zona de Navegación
El RD clasifica las zonas de navegación en 1 a 7, y de ellas deriva la exigencia de equipo mínimo.
Zona 1 Navegación ilimitada
- Balsa salvavidas aprobada para navegación oceánica
- Señales pirotécnicas completas
- Chalecos homologados ISO
- Botiquín completo
- Elementos de supervivencia y señalización
Zona 2 Hasta 60 millas
- Similar a Zona 1 pero con ligera reducción en equipo de supervivencia
- Balsa homologada para su categoría correspondiente
- Señalización completa
Zona 3 Hasta 25 millas
- Chalecos homologados
- Señales pirotécnicas reducidas
- Elementos básicos de salvamento
Zona 4 Hasta 12 millas
- Señales básicas
- Chalecos
- Dispositivos de flotabilidad y señalización
Zona 5, 6 y 7 Navegación costera próxima
- Equipo esencial básico
- Ajustado a navegación costera muy próxima
Vídeo oficial de la DGMM
Para más información oficial sobre el equipo de seguridad obligatorio, consulta este vídeo del Ministerio de Transportes:
¿Qué pasa si tu equipo no cumple el RD?
Capitanía Marítima puede:
- No renovar tu Certificado de Navegabilidad
- Detectar defectos graves en inspecciones spot
- Impedir la salida si el equipo no cumple la normativa